lunedì 19 marzo 2018

§ 0. Advertencia Preliminar alla edizione 1920 della Gramática de la Lengua Castelana della Real Academia

ADVERTENCIA PRELIMINAR
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Testo online.
La ley de 9 de septiembre de 1857, en su artículo 88 declara que la Gramática de la Academia Española es texto obligatorio y único, en las escuelas de enseñanza pública. Para cumplirlas graves obligaciones que esta soberana disposición impone, ha hecho la Academia en varias épocas y en anteriores ediciones de su Gramática algunas reformas, acerca de las cuales creyó que no debía llamar la atención del público, porque las consideraba, y eran en realidad, reformas de detalle más bien que de conjunto.

Pero los positivos adelantos que en estos últimos tiempos ha realizado la ciencia del lenguaje, despertando entre las gentes cultas plausible y notoria afición a los estudios gramaticales, pusieron de manifiesto la conveniencia de apresurar el planteamiento de la reforma que tenía proyectada la Academia, y la necesidad que se imponía de hacerla tan extensa y tan completa como fuera preciso, si había de responder a las necesidades y al progreso de los tiempos.

Pero aun obedeciendo a razonables y justas exigencias, no podía ni debía realizarse de una vez y por completo la reforma que proyectaba la Academia. Consideraciones de orden doctrinal y pedagógico aconsejaban que se hiciera por partes y en ediciones sucesivas; y por eso, aceptando el plan que las circunstancias del momento aconsejaban, se ha conservado desde luego la división tradicional de la Gramática en las cuatro partes llamadas Analogía, Sintaxis, Prosodia y Ortografía, con lo cual se facilita el planteamiento de la reforma, puesto que no se altera en lo más mínimo el plan general de exposición de la doctrina. Lo que sí ha variado fundamentalmente, radicalmente podríamos decir, es, no el concepto del contenido de la Sintaxis, pero sí el método y plan de exposición de la doctrina sintáctica, y hasta la forma misma de esa exposición, que en la edición presente es más lógica, más razonada que en las anteriores; y además la doctrina gramatical se presenta confirmada por mayor número de autoridades de los más eminentes escritores españoles de todas las épocas.

Las innovaciones proyectadas para la Ortografía y la Prosodia no podían alcanzar a esta edición, ni eran tampoco de inmediata urgencia, y por eso en ella se conserva intacto el texto con que estas dos partes de la Gramática aparecieron en ediciones anteriores.

En la Analogía se han hecho algunas importantes reformas, nada más que algunas, las absolutamente necesarias para aclarar ciertos puntos doctrinales y para poner en armonía el contenido de esta parte de la Gramática con la reforma introducida en la Sintaxis, reforma que se imponía y que no podía aplazarse por más tiempo.

En esta nueva edición se añade un capítulo, que trata de la formación de palabras por derivación y composición.

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